Salvado. El Frigorífico Concepción ya no pagará multa.El Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, dictó un fallo a favor del Frigorífico Concepción SA, con lo cual revocó la exigencia de pago de una multa de G. 16.517 millones por la importación de productos sin licencia previa durante el gobierno de Horacio Cartes. Esto generó posturas dispares entre la Procuraduría General de la República (PGR), que decidió acordar según lo que estableció el fallo, y el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), que decidió apelar. NOTA: LA SALA 2 DEL TRIBUNAL DE CUENTAS PATEA CONTRA EL PUEBLO Y LO TRAICIONA. PORQUE EL ESTADO ES EL PUEBLO. LA ENORME MULTA DE 16.000 MILLONES NO SE PRESUME GRATUITA. EL TRIBUNAL HIZO JUSTICIA CON SU BOLSILLO. HAY QUE ALLANAR SUS CASAS Y SE VA ENCONTRAR EL DINERO DE LA COMISIÓN O QUIZÁ SUS CUENTAS EN VARIOS BANCOS. HAY QUE ACCIONAR RÁPIDO PORQUE EL FISCO RESULTA PERDEDOR. Y EL FISCO ES EL PUEBLO, ESO HAY QUE ENTENDER.
La citada industria frigorífica había accionado con otras dos del ramo que fueron sancionadas con multas millonarias por hechos irregulares en la importación de carne. Todas apelaron y Concepción pagó la primera cuota y vencieron las siguientes de poco más de tres mil millones de guaraníes cada una.
Sobre los hechos, la PGR dice que el Tribunal hizo lugar a la demanda de Concepción SA en junio pasado, contra la Resolución N° 540/18 dictada por el MIC. Revocó la medida y también impuso las costas del juicio a la parte perdidosa.
Menciona que pese a la defensa que realizaron en protección de los intereses patrimoniales del Estado, la firma logró la resolución judicial favorable.
Agrega que ante esta circunstancia por la cual judicialmente se dejó sin efecto la multa impuesta por el MIC, se analizaron los fundamentos esgrimidos por el Tribunal, así como los antecedentes jurisprudenciales en relación a la cuestión, con altas probabilidades de confirmación de dicha resolución judicial.
SOLUCIÓN. La Procuraduría señala que buscó una solución transaccional al litigio, a fin de evitar un perjuicio patrimonial al Estado debido a la sentencia judicial dictada por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, la que de cumplirse hubiera implicado mínimamente la obligación de devolver una suma de dinero ya pagada por Frigorífico Concepción en el año 2018 con sus intereses, más los honorarios profesionales de sus abogados representantes.
Refiere que, en este marco, se celebró un acuerdo entre las partes por el cual el frigorífico desiste de la devolución de la suma pagada en su momento y asume los honorarios profesionales de sus abogados intervinientes. También que desistía en forma definitiva de cualquier acción o reclamo en cualquier ámbito por la sentencia dictada por el Tribunal de Cuentas en el juicio en cuestión.
Afirma que este acuerdo representó un beneficio patrimonial para el Estado. Sin embargo, el MIC manifestó su postura en contra del acuerdo y decidió apelar.