Mediante la Resolución Nº 415/15 la Ministra de Justicia, Sheila Abed, dispuso el cierre temporal del Correccional de Mujeres “Casa del Buen Pastor” a raíz del hacinamiento que presenta el citado reclusorio, cuya capacidad es de 300 internas pero que actualmente alberga a 500.
La medida ya fue comunicada a la Corte Suprema de Justicia, al Ministerio de Defensa Pública y al Ministerio de Público, a fin de que la justicia no derive más internas al Buen Pastor.
La Resolución se realizó atendiendo el artículo 21 de la Constitución Nacional, que establece que “las personas privadas de libertad serán recluidas en establecimientos adecuados”, además la Ley Nº 5162/14 “Código de Ejecución Penal para la República del Paraguay”, en su Artículo 79 dispone: “Capacidad de Establecimiento: El número de internos en cada penitenciarías no podrá superar su capacidad máxima certificada, a fin de asegurar la adecuada custodia y tratamiento del interno”.
Por otra parte la Ley Nº 210/70 “Ley Penitenciaria”, en su artículo 15, faculta al Ministerio de Justicia a ejercer la máxima administración de las penitenciarías, incluyendo la determinación de la capacidad máxima para cada centro de reclusión.
El cierre temporal se realiza por la necesidad de garantizar las condiciones mínimas de reclusión de las mujeres y sus derechos humanos, así como para poder seguir desarrollando los distintos programas de capacitación y reinserción social que, en el marco de la Reforma Penitenciaria, son implementados en el Buen Pastor.
El reclusorio permanecerá cerrado hasta tanto se concluyan las obras de ampliación de la penitenciaría, durante ese lapso, serán las penitenciarías de mujeres de Coronel Oviedo y de Villarica, las que alberguen los nuevos ingresos.
Señor Director
En paìses serios, las penitenciarìas y unidades militares son ubicadas en sitios relativamente alejados de los centros urbanos.
Aqui y ahora, se ignora este principio y se determina que el Buen Pastor no solo seguirà seguirà ahì, en la interseccion de dos avenidas muy importantes, sino que serà ampliado para corregir las condiciones de prision, al presente indignas., que soportan las reclusas.
Quizà la razon por la que los responsables de este proyecto, despreciando la norma citada en el primer pàrrafo, ofrecen una solucion «parche», està en que no hayan considerado que la construcciòn de una nueva sede en algun municipio circunvecino a la Capital en tandem con el reacondicionamiento de las existentes para alojar otro organismo municipal o nacional, no solo contarà con la aprobacion de la poblacion en general, lo que parece importar poco, sino que podrìa resultar mucho mejor negocio para las partes involucradas.
Y si esto, al final de cuentas, es lo que hacrá bailar al mono, ¿porque no exigir a los musicos que afinen?
Atentamente,