Averiguamos y constatamos que ningún partido o movimiento político solicitó por nota reformas electorales. La iniciativa de la reforma partió de la justicia electoral. Se percataron ,no obstante, que carecían de facultades reglamentarias más aun en un tema eminentemente político. La normativa debía pasar por el congreso dado sus efectos de tal carácter.
Ningún representante de partido o movimiento alguno participó de la redacción del instrumento que acaba de ingresar al parlamento con la firma de numerosas personas conforme a la copia que obtuvimos. Sin embargo, ni la prensa publicó, ni nadie manifestó hasta la fecha quien fue la madre del borrego, es decir, el auténtico inspirador e impulsor de esta reforma dado que no se lo identifica en ninguna parte, ni como se llegó a este misterioso extremo.
Recordamos que se venía hablando de meras reglamentaciones avaladas por la ley y publicadas por la prensa. Y que la justicia electoral tenia esas facultades. Por decir, correcciones de galera o de forma en la literatura o el periodismo que no cambian la sustancia. Pero he aquí que cambiaban las sustancia y para más en su carácter político como hemos constatado, una facultad legislativa privativa del congreso, nada menos.
Por eso creemos que alguien les habrá sugerido que las tales facultades reglamentarias no eran tales, razón por la cual se vieron en la necesidad de hacer firmar el proyecto a congresistas además de autoridades electorales, incluso directores, caso único, dado que con la firma de los congresistas bastaba.
Por qué razón suscriben los ministros. ¿Quien les pidió? Recordemos que las iniciativas legislativas tienen su procedimiento. En los 25 años que venimos pulseando la democracia y el Estado de Derecho nunca se vio algo así, salvo que alguien nos informe de un antecedente parecido.
El poder ejecutivo tiene facultades para presentar proyectos de leyes y enviarlos al congreso. Lo realiza casi a diario. Pero que sepamos, ni la suprema corte ni la justicia electoral tienen esa facultad. Pueden sugerir a los otros poderes cambios debido a la obscuridad de pasajes de una ley o un decreto reglamentario, mas nunca llevar el caso a tambor batiente buscando un hecho consumado aludiendo supuestas facultades reglamentarias avaladas por el código electoral en un caso eminentemente político, y así, esquivar al congreso, precisamente el escenario donde dichas cuestiones deben debatirse a profundidad.