EL MAL USO DE LOS GASTOS RESERVADOS


Por Nelson Argaña

El presidente del Congreso de la Nación malgasta indiscriminadamente y/o desvía dichos fondos hacia fines particulares. Tal rubro es exclusivamente para gastos de seguridad nacional, como ser gastos de inteligencia u otros destinos que por su naturaleza deben permanecer en reserva. El Presidente del Congreso y el Presidente de la Corte Suprema de Justicia no deben recibir fondos para  Gastos Reservados. Estas instituciones no tienen como función investigar y manejar informaciones secretas para cumplir sus tareas pues están expresamente establecidos en la Constitución Nacional, y que son la de legislar y juzgar respectivamente, para los cuales no se requiere de gastos que deban mantenerse en reserva. 
Las únicas instituciones que deben contar con Gastos Reservados son la Presidencia de la República, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa Nacional y la Fiscalía General del Estado, porque son órganos que, en otras facultades para cumplir con sus fines, necesitan de la investigación e información confidencial.
Hemos dejado bien en claro quienes son las instituciones que deben recibir dinero para gastos reservados, en consecuencia, paso a exponer cuanto sigue: El Presupuesto General de Gastos de la Nación contempla importantes asignaciones al Rubro de Gastos Reservados. La facultad discrecional de disponer la aplicación de dichos recursos, ya es una concesión lo suficientemente amplia a la Ley como para que a ella se le agregue la posibilidad de gastar dinero público sin rendir cuentas a nadie. Tamaño despropósito abre la posibilidad de gastar indiscriminadamente tales recursos y destinarlos a gastos particulares de los funcionarios que los administran.
Tenemos el enojoso ejemplo de la Presidencia del Congreso, que pone bajo sospecha a su propio Presidente. Y que se agrava aún más por la rotunda negativa del mismo de rendir cuentas de la utilización de dichos recursos.
Esta situación contraviene absolutamente el espíritu del texto del Art. 106 de la Constitución Nacional, por lo que es indispensable disponer que los Funcionarios que administran fondos reservados asuman la responsabilidad que les corresponde por la forma en que utilizan el dinero del Pueblo. Teniendo en cuenta estas situaciones y la naturaleza de los gastos reservados, proponemos cuanto sigue:

1. Se entenderá por Gastos Reservados, aquellos cuyo destino no puede ser divulgados públicamente, por razones de seguridad nacional;

2. Los únicos que podrán disponer de Gastos Reservados son: El Presidente de la República, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa Nacional y el Fiscal General de la República;

3. Al cierre de cada año fiscal, o al final de su gestión, en su caso, todos los Funcionarios Públicos que administren fondos con carácter de Gastos Reservados rendirán cuentas de su utilización, sin restricción alguna, a la Contraloría General de la República;

4. La Contraloría General de la República elevará un Dictamen al Congreso Nacional con relación a la utilización adecuada o no de tales recursos, en la misma oportunidad en que dé cumplimiento a la presentación del Informe establecido en el Art. 282 de la Constitución Nacional;

5. Los Funcionarios de la Contraloría General de la República que tomaren conocimiento de los detalles de utilización de los gastos reservados deberán guardar estricto secreto acerca de los mismos. En caso de revelarlos y producir con ello un perjuicio a la República, sufrirán pena de penitenciaría de dos a cinco años; y

6. En caso de que del examen de la rendición de cuenta de la utilización de gastos reservados surja la evidencia de la comisión de un hecho punible, la Contraloría General de la República remitirá los antecedentes del hecho concreto al Ministerio Público conforme lo prescribe el código penal, para que proceda a la investigación correspondiente, y si se trataré del Fiscal General la República se remitirá copia de los antecedentes al mismo Congreso Nacional.

Creo que estableciendo estos 6 reglas para los Gastos Reservados, los mismos cumplirán con el propósito para lo cual fueron creados, y no para gastos particulares en provecho de los funcionarios que lo administran.

8 Responses to EL MAL USO DE LOS GASTOS RESERVADOS

  1. Gerardo dice:

    Este es el Presupuesto General Gastos y el Vaivén de la Cultura de los políticos criollos, con esta cultura de plan de gastos de los Poderes Políticos, al Ministerio de Hacienda ya casi no le queda maniobrabilidad para financiar los pagos de las deudas y la infraestructura.
    Al Estado no le queda otro camino que seguir ENDEUDANDOSE, con este MODELO de presupuesto corrupto, prebendario y clientelista.
    El endeudamiento externo para el 2013 crecerá 123% con respecto al 2012.( El PGN) 2013 prevé emisión de bonos por US$ 850 millones, para pagar cuotas de la deuda pública, gastos de inversiones de infraestructura( deudas para el pueblo).

    Qué, a estas alturas – dicho sea sin segundas intenciones – haya un ciudadano en el Ministerio de Hacienda-con perdón- que sostenga, este plan de gastos para el 2013. Que nos propone el 82% para gastos corrientes( GASTOS RESERVADOS ,sueldos, viáticos, gratificaciones, horas extras, aguinaldos etc.) y, solamente 18% para pagos de los servicios de las deudas y para realizar la Infraestructura tan necesaria para dar oportunidad de tener un plan de gastos y de esta forma tener un desarrollo Económico sostenible, Es necesario por la salud del país, de salir de este Modelo de PGN, corrupto, prebendario y clientelistas.

    • internacionalpublico dice:

      Creo que resume lo que se entiende por gastos reservados y así debe ser en estricto cumplimiento de la Constitución y las leyes

  2. Humberto Zaracho dice:

    Estimado Osvaldo: Soy de criterio que los gastos reservados, como su denominación lo señala, son gastos efectuados -dentro de una modalidad muy particular- para atender todas las cuestiones inherentes a la Seguridad Integral de la república. No todos estos gastos pueden ser conocidos por la opinión pública nacional ni internacional. Admito que la realización de los montos previstos en el Presupuesto General de Gastos deba ser controlado por las autoridades fiscalizadoras. Pero hay que ser muy cauto con esto porque su conocimiento de parte de gente interesada o ignorante puede ocasionar serios problemas a un gobierno interesado en el resguardo de la Seguridad Integral. Ahora bien, coincido plenamente en que las autoridades señaladas en tu proyecto sean las únicas en contar con dichos rubros.

  3. Manuel ¨Segovia dice:

    Por fin alguien me explica que son los gastos reservados. Estoy de acuerdo con Nelson Argaña solo deben tener el Presidente de la República, el ministro del interior, ministro de defensa y el fiscal general, además deben de rendir cuenta en forma reservada a la Contraloría de la Nación, en casoo contrario ocurre que los que tienen este rubro lo gastas a su antojo, y despilfarra el dinero del pueblo. Ahora que entiendo que son los gastos reservados, es criminal que tenga el delincuente de Oviedo Matto para sus gastos particulares, para pagar a sus amantes y pagar su campaña para el recutú en el senado. Es una aferración que el senado tenga gastos reservados.

  4. Juan Moíses Adríz González dice:

    Querido Osvaldo me parece muy oportuno el artículo del coloo sobre gastos reservados, porque creo que dichos gastos tan importantes se están prostituyendos y bastardeandos. Lamentablemente utilizan para cualquier cosas, menos para la seguridad interna y externa de la repùblica. Sería importante que algún parlamenterio colorado presente y proyecto de ley estableciendo las reglas claras para el uso de los Gastos Reservados.

  5. Juan Moíses Adríz González dice:

    Los gastos reservados deben estar destinados exclusivamente para la seguridad, y no para otros gastos suplefluo como ser compra de piano, campaña de la candidatura de oviedo matto.

  6. Artemio Santacruz dice:

    Excelente!!

  7. Rogelio A. Careaga dice:

    Concuerdo totalmente con Nelson Argaña que no hay razón alguna para que se le asigne al presidente del congreso gastos reservados. La presidencia de la república y los demás órganos del estado que reciben gastos reservados deben informar a alguna comisión del congreso en forma confidencial el destino que se le dio a esos fondos. También podría actuar en el control y juzgamiento el Tribunal de Cuentas. Lo que es inaceptable es que no exista ningún control de esos fondos. Concuerdo, asimismo, con el Coronel Zaracho que se debe proceder con mucha cautela, pues se trata de la utilización de fondos para resguardar la seguridad nacional.

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